La educación
superior: articulación y virtualización
En: https://jilopezsoria.blogspot.com/2013/02/educacion-superior-articulacion-y.html
La Comisión de Educación del
Congreso de la República se ha propuesto aprobar en breve un proyecto de ley de
educación superior. Inicialmente se habló de la ley universitaria, pero ahora,
luego de la intervención de instituciones y expertos, es posible que el
Congreso se incline por una ley de bases de educación superior que tendría que
ver tanto con las universidades cuanto con los institutos y escuelas de
educación profesional.
Este giro, que por ahora es solo una
posibilidad, tiene a mi entender varias virtudes, pero está también expuesto a
riesgos. La primera virtud es que la propuesta se inscribe en la actual
tendencia, promovida por la Unesco, a entender y organizar la educación como un
proceso continuo con filtros, pero sin techos irremontables. Para todo
estudiante, sea cual fuere el camino que sigua (técnico, profesional o
académico), quedaría abierta la posibilidad de continuar su perfeccionamiento.
Esta tendencia se funda no solo en el derecho de la persona a seguir
enriqueciendo sus capacidades y competencias, sino en las necesidades que
plantea la “sociedad del conocimiento”, que estamos ya constituyendo.
Una segunda virtud es la promoción
de la articulación entre los diversos tipos de instituciones (universidades,
escuelas e institutos superiores) que ofrecen educación superior. Basadas en el
carácter continuo, modularmente organizado y crecientemente complejo del
proceso formativo, las instituciones podrían trenzar relaciones, ahora ya
legales, para habilitar la continuación de los estudios en niveles cada vez más
altos y especializados. Esta apertura contribuiría, sin duda, a elevar la
apreciación pública por las escuelas e institutos de formación superior
profesional, y tendería, a la larga, a corregir las deformaciones en la
provisión de los profesionales que necesita el mundo del trabajo. Ahora, de
hecho, nos sobran universitarios, en no pocas carreras, y nos faltan técnicos.
Con estos dos elementos básicos,
el primero relacionado con el proceso formativo y el segundo con la
organización y gestión de las instituciones, la educación superior podría
convertirse en un sistema articulado que interactúa con el mundo social, cultural
y empresarial para proveerle de los expertos que necesita para su evolución o
su transformación, si fuera el caso.
Pero esa articulación –y me
refiero ahora al principal de los riesgos- no puede ser un instrumento para
homologar hacia abajo la educación superior. Los caminos deben ser abiertos,
pero los controles de la calidad de los aprendizajes tienen que ser rigurosos.
No se trata, por tanto, de sumar créditos obtenidos, por ejemplo, en un
Instituto Superior Tecnológico para, con un complemento, convertirse en
ingeniero u obtener un postgrado en ingeniería. De lo que se trata, más bien,
es de comprobar fehacientemente la apropiación de las competencias
cognoscitivas, procedimentales y actitudinales que se requieren para seguir
estudios de mayor complejidad. En este aspecto la ley tiene que ser precisa y
enfática, si no quiere contribuir a que se extiendan aún más la mediocridad y
el mercantilismo en la educación superior.
La ley de bases de educación
superior tendría que ser de inmediato completada con leyes específicas para la
educación profesional y la universitaria, porque el hecho de que ambas sean
parte de un mismo proceso formativo no quiere decir que tengan que perder los
perfiles institucionales que les son propios. Los institutos y escuelas
desempeñan una imprescindible función social como espacios dedicados
preferentemente a la formación profesional y, naturalmente, se organizan y
gestionan teniendo en cuenta esa función principal. Pueden y hasta deben
desarrollar otras actividades (investigación, por ejemplo), pero ellas sirven
para fortalecer la formación profesional, que actúa como eje articulador. El
caso de las universidades es un tanto diverso. Las tres funciones primordiales
(formar profesionales hasta los niveles más altos y de ámbitos heterogéneos;
producir conocimientos, innovaciones y creaciones culturales; y transferirlos a
la sociedad) son convergentes, pero cada una tiene, o debería tener, su propia lógica
y su propia dinámica. Y esto exige una forma específica de organización y
gestión.
A este reto, el de la
articulación, hay que añadir otro, la virtualización de la educación y,
particularmente, de la educación superior. Desde hace algunos años, la
educación a distancia por medios electrónicos se ha ido introduciendo en las
universidades e instituciones de formación superior profesional, tanto como
apoyo a la educación presencial cuanto como vía alternativa a las formas
tradicionales de educación superior. Hasta ahora se sigue considerando que la
educación virtual es solo para aquellas personas que, por razones diversas, no
tienen la suerte de beneficiarse de la educación presencial. Pero al paso que
vamos es razonable pensar que muy pronto la educación virtual será lo normal y,
consiguientemente, las leyes deberían tener en cuenta que esa realidad se
avecina a grandes zancadas.
Es sabido que las universidades
más prestigiadas del mundo (MIT, Harvard, Stanford) están ya trabajando
virtualmente y que, desde cualquier parte del mundo, es posible seguir cursos
de ellas. En un artículo reciente, “Welcome to the virtual university”, de Financial
Times Magazine, Gillian Tett recoge declaraciones estremecedoras: el
presidente del MIT, Leo Rafael Reif, dice que los llamados “open coursework”,
puestos en marcha hace una década, han sido seguidos por 100 millones de
alumnos de todo el mundo, y esta cantidad crece ahora al ritmo de 1 millón de
alumnos más al mes; un profesor de Stanford, Sebatian Thrun, informa que hace
un par de años puso on line su curso de inteligencia artificial y ya son
varios cientos de miles los alumnos que lo han seguido por completo, entre
ellos una niña india de 12 años que vive en Lahore. Y uno se pregunta ¿a dónde
vamos?, ¿es acaso imposible que, en unos años, todos o la mayoría de los
estudiantes del planeta sean alumnos de las 50 ó 100 mejores universidades del
mundo?
Teniendo en cuenta las
consideraciones anteriores, una ley de educación superior debería: 1) mirar más
hacia adelante que hacia atrás, para no quedarse en la corrección de errores
sino promover la capacidad para responder a los retos que plantea la actualidad;
2) poner el énfasis no tanto en la gestión de las instituciones sino en el
proceso educativo (diseño de los perfiles profesionales, las unidades y
secuencia del aprendizaje, evaluación de las competencias, el ordenamiento
modular, catálogo de títulos y grados, etc.); y 3) proveer de normas que sean
compatibles con la virtualización y transnacionalización de la enseñanza
superior, que se avecinan a pasos agigantados.
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